Fake news en el sector sanitario: ¿Publicar bulos de salud en las redes sociales es delito?
Los bulos de salud sí son delito cuando simulan peligro y movilizan a los servicios de emergencia
Todos hemos recibido audios y vídeos con testimonios alarmantes de supuestos médicos, productos milagrosos y bulos de salud relacionados con la pandemia de la COVID-19.
«Ahora más que nunca nos hacemos dependientes de la tecnología, lo que nos hace más vulnerables a la manipulación», reflexiona en el vídeo Ramiro Urioste, abogado de DS Legal Group.
Las fake news y los bulos en la red no están tipificados en el Código Penal. Ahora bien, ¿qué ocurre cuando las noticias están diseñadas expresamente para generar un riesgo en la salud y en lo económico?
«Actualmente, se dispone de tipos penales que pueden encajar en estas conductas y ser perseguidos a instancia de parte o de fiscalía», explica el abogado Urioste. Por ejemplo:
- El artículo 561 del Código Penal, relativo al delito por desórdenes públicos. Castiga a quien simula, con una noticia falsa, una situación de peligro que provoca, además, la movilización de los servicios de emergencia.
- El artículo 510 del Código Penal sobre los delitos de incitación al odio. Castiga las noticias falsas y manipuladas, que atribuyen a un determinado colectivo social hechos delictivos o imprudentes.
- En el artículo 284 del Código Penal se menciona a aquellos fabricantes o comerciantes que, de forma directa o a través de los medios de comunicación o redes sociales, difunden noticias o rumores falsos, con el fin de alterar el precio de un producto para obtener un beneficio.
- Normalmente, para dar apariencia de veracidad a estos bulos se incurre, además, en otros delitos, como el de falsedad documental o el de intrusismo.
No se puede criminalizar toda la información falsa o incompleta
La inmensa mayoría de las noticias falsas o de los bulos de salud no traspasan la esfera penal. En estos casos, lo que puede hacerse es:
- Solicitar la retirada del contenido en las redes sociales.
- Acudir a la jurisdicción civil para solicitar una indemnización.
«Cada supuesto deberá analizarse para determinar su relevancia penal, pero cada vez habrá más publicaciones en la red y participación social y no podemos criminalizar toda la información incompleta o falsa«, apunta el abogado de DS Legal.
¿La razón? Los bulos de salud, «la información no veraz, por sí misma, no es perseguible penalmente, sobre todo, porque, en caso de duda, prevalece siempre el derecho a la libertad de expresión«, concluye Ramiro Urioste.
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